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¿Cuáles son los requisitos y condiciones para acceder a los servicios prestados por EsSalud?

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¿Cuáles son los requisitos y condiciones para acceder a los servicios prestados por EsSalud?

El 25 de noviembre de 2021 se publicó el Decreto Supremo N.° 020-2021-TR que aprueba los servicios prestados en exclusividad brindados por el Seguro Social de Salud – EsSalud, cuyos servicios son el Informe Médico, Copia de Historia Clínica, Duplicado del Certificado de Incapacidad Temporal para el Trabajo (CITT), Validación del Certificado Médico, Dictamen médico para el Registro de Derechohabiente de Asegurado Titular del Seguro Social de Salud, Evaluación Médica del Cónyuge Sobreviviente Inválido e Hijos Mayores de 18 años con Incapacidad Total y Permanente para el Trabajo, Certificado médico para el trámite de pensión de invalidez. En IURA LEX te contamos los requisitos exigibles que deberán ser tomadas en cuenta para su trámite.

En primer lugar, comenzando por los servicios del Informe Médico, Copia de la Historia Clínica y el Duplicado del Certificado de Incapacidad Temporal para el Trabajo – CITT, el paciente debe contar previamente con una Historia Clínica en una Institución Prestadora de Servicios de Salud – IPRESS que pertenezca a la Red de servicios de EsSalud, asimismo se ha establecido como requisito para efectos de solicitar cada uno de estos servicios el Formulario de Trámite de Gestión Múltiple (en adelante, el Formulario) la cual deberá ser llenada con fecha y numero de comprobante de pago del derecho de tramitación. Por otro lado, en el caso del Informe Médico su plazo para emitirla es de hasta un máximo de diez (10) días hábiles, contados a partir del día siguiente de presentado el mencionado Formulario, por otro lado, en el caso de la Copia de Historia Clínica su plazo es de hasta un máximo de cinco (5) días hábiles.

Para el caso del servicio de Validación de Certificado Médico, la cual es prerrequisito para el otorgamiento del CITT, esta actividad se encuentra a cargo del Centro de Validación de la Incapacidad Temporal (CEVIT) cuyo requisito para la validación del presente servicio además de la presentación del Formulario, también se requiere la entrega de documentos complementarios en primer término aquellas vinculadas a las contingencias comunes como la copia del certificado médico que los datos del paciente, copia de las indicaciones médicas recibidas en la fecha de atención para el caso de los pacientes no hospitalizados, así como la copia de Epicrisis para el caso de pacientes hospitalizados. Para el caso de las contingencias laborales, únicamente la copia del Certificado Médico y la Copia de Epicrisis para pacientes hospitalizados.

Por otro lado, sobre el servicio del Dictamen Médico para el Registro de Derechohabiente de Asegurado Titular del Seguro Social de Salud, para efectos de solicitar este servicio se necesita la entrega del Formulario anteriormente señado, sin embargo, existen condiciones para la prestación del servicio los siguientes: (i) mostrar el DNI al momento de la evaluación médica; (ii) para el caso de los titulares de menores de edad con enfermedad, daño o alteración física/mental, entre otros elementos, pueden solicitar la evaluación del Comité Médico para efectos de obtener la continuidad de cobertura de las atenciones de salud; (iii) entre otras series de condiciones de similar naturaleza y misma relevancia. La norma establece que para atender el presente servicios es de hasta un máximo de treinta (30) días hábiles, contados a partir del día siguiente de presentado el Formulario.

Por último, en cuanto al servicio del Certificado Médico para el trámite de pensión de invalidez del decreto Ley N.° 19990, además de la presentación del Formulario, también es condición mostrar el DNI, así como que los solicitantes deben ser asegurados por Incapacidad Temporal Prolongada establecida en la Ley N.° 26790, y por prórroga de pensión.El plazo para atender el pedido es de hasta un máximo de treinta (30) días hábiles, contados a partir del día siguiente de presentado el Formulario.

Para IURA LEX es importante que nuestros clientes y público en general tomen en cuenta los requisitos y condiciones de ley para acceder a los mencionados servicios prestados en exclusividad a cargo del Seguro Social de Salud – EsSalud, sobre todo en aquellos servicios que generan un impacto en los trabajadores que usualmente adquieren los servicios de EsSalud.

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