EMBARGO EN PROCESO DE ALIMENTOS: CUANDO EL JUEZ EXIGE MÁS DE LO QUE LA LEY PIDE
En un proceso de aumento de pensión alimenticia, el abogado del alimentista solicitó una medida cautelar de embargo en forma de inscripción sobre un inmueble del demandado. El juez declaró improcedente la medida señalando que no se había acreditado “certeza del derecho invocado”. Sin embargo, en materia cautelar no se exige certeza, sino verosimilitud del derecho. Esta exigencia indebida desnaturalizaba el objetivo de la medida y dejaba sin protección un crédito alimentario en curso. Se presentó un recurso de apelación argumentando que el juez había interpretado erróneamente los requisitos de procedencia cautelar, generando una vulneración indirecta al interés superior del menor.
Además, el juez no tomó en cuenta que el demandado ya presentaba señales de evasión: no se encontraba en su domicilio y había dejado de cumplir de manera regular. La inscripción del embargo no impedía el uso del bien, pero sí protegía el crédito futuro. El caso mostraba cómo un error de interpretación judicial puede tener consecuencias directas sobre el acceso efectivo a la justicia para un menor.
Este tipo de casos pone de manifiesto la importancia de una correcta aplicación del derecho procesal y la sensibilidad hacia el interés superior del menor, especialmente en procesos alimentarios. Insistir en la apelación no solo corrige el error puntual, sino que refuerza la garantía de acceso a una tutela judicial efectiva.
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