LIMITACIONES LEGALES A LA TERCERIZACIÓN LABORAL EN EL PERÚ: PROTEGIENDO EL NÚCLEO DEL NEGOCIO
IURA LEX ABOGADOS informa que la tercerización laboral está permitida, pero debe respetar ciertas limitaciones legales. Una de las más importantes es la prohibición de tercerizar el núcleo del negocio. Esto significa que no se pueden contratar a través de terceros a trabajadores que realicen funciones esenciales o permanentes dentro de la actividad principal de la empresa. Esta restricción tiene como finalidad evitar simulaciones que oculten relaciones laborales reales y que perjudiquen los derechos de los trabajadores.
El concepto de núcleo del negocio está desarrollado en el Decreto Supremo N° 001-2022-TR, que modificó el reglamento de la Ley N° 29245 y del Decreto Legislativo N° 1038. De acuerdo con esta norma, se entiende por núcleo del negocio aquellas actividades que forman parte del objeto social de la empresa, que resultan indispensables para el desarrollo de su actividad económica principal y que determinan su posicionamiento en el mercado. Por lo tanto, los puestos vinculados directamente a dichas actividades no pueden ser tercerizados bajo ninguna circunstancia.
Ejemplos de puestos que no pueden ser tercerizados incluyen a operarios de producción en empresas industriales, personal de caja o reposición en supermercados, operadores de planta en minería, técnicos especializados que intervienen en la operación principal del servicio, y cualquier otro puesto que forme parte esencial del cumplimiento del objeto empresarial. En estos casos, si se recurre a la tercerización, se incurre en una práctica ilegal que puede ser fiscalizada por SUNAFIL y sancionada, reconociéndose la existencia de una relación laboral directa entre el trabajador y la empresa principal.
Es importante destacar que la tercerización válida solo puede aplicarse a servicios especializados o autónomos, es decir, aquellos que se realizan con autonomía técnica, económica y funcional por parte de la empresa tercerizadora. No puede haber subordinación directa entre el personal tercerizado y la empresa principal, ni integración de dicho personal en la estructura permanente de la organización.
Frente a una tercerización indebida, el trabajador afectado puede solicitar el reconocimiento del vínculo laboral directo con todos los derechos que ello implica, incluyendo beneficios sociales, antigüedad, compensación por tiempo de servicios, y otros. Además, la empresa principal se expone a multas e inspecciones por parte de la autoridad laboral.
Desde IURA LEX ABOGADOS, brindamos asesoría especializada en el análisis y evaluación de esquemas de tercerización, así como en la defensa de trabajadores afectados por prácticas ilegales de tercerización. Contamos con un equipo experto en derecho laboral que puede ayudarte a identificar si tu puesto ha sido indebidamente tercerizado y a tomar las acciones legales correspondientes para el reconocimiento de tus derechos. Si tienes dudas sobre tu situación contractual o deseas una evaluación profesional de tu caso, no dudes en contactarnos.