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Que sucede si el trabajador de una empresa que está siendo fiscalizada por la municipalidad ofrece al inspector municipal brindarle servicios de forma gratuita con la finalidad de que no se le imponga infracción alguna por el incumplimiento a las normas municipales

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Penal

Que sucede si el trabajador de una empresa que está siendo fiscalizada por la municipalidad ofrece al inspector municipal brindarle servicios de forma gratuita con la finalidad de que no se le imponga infracción alguna por el incumplimiento a las normas municipales

El solo hecho de ofrecer cualquier ventaja a un servidor o funcionario público constituye delito, efectivamente el artículo 397 del Código Penal sanciona a aquel que bajo cualquier modalidad  ofrece a un funcionario o servidor público algún beneficio para que realice u omita actos en violación de sus obligaciones, por ello en caso de que el trabajador de una empresa que está siendo fiscalizada por la municipalidad ofrezca al inspector municipal brindarle servicios de forma gratuita  con la finalidad de que no se le imponga infracción alguna por el incumplimiento a las normas municipales, será sancionado por el delito de Cohecho activo genérico con una pena privativa de libertad de hasta seis años.

No obstante, cabe resaltar que la sanción por este hecho no se agota únicamente en la imposición de una pena al sujeto directamente responsable, conforme a lo regulado por norma expresa, la persona jurídica también asumirá responsabilidad administrativa; en efecto las personas jurídicas pueden ser declaradas responsables administrativamente por la comisión del delito de  cohecho activo genérico cuando el delito se  haya cometido en su nombre o por cuenta de ella y en su beneficio directo o indirecto por cualquier personal vinculado a ésta, pudiendo ser sancionadas con una multa de hasta siete veces más del beneficio que hubiera podido obtener, suspensión definitiva de actividades, prohibición de contratar con el Estado, cancelación de licencias, concesiones, derechos y otras autorizaciones administrativas o municipales, clausura definitiva de locales, etc.

Frente a estas medidas gravosas, la norma establece un supuesto de exención de responsabilidad administrativa por implementación de modelo de prevención, quiere decir que en caso la persona jurídica haya adoptado e implementado preventivamente en su organización procedimientos que garanticen la identificación previa de ilícitos penales estará exenta  de la responsabilidades administrativas,  teniendo en cuenta ello, en IURA LEX Abogados, brindamos asesoría especializada para identificar e implementar preventivamente mecanismos de regulación interna, así como de control de las actividades en cada área a fin de evitar que la empresa sea sancionada con medidas que finalmente la lleven al cierre de sus actividades comerciales.

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