Deducción de gastos personales: Lo que sí y lo que no puedes incluir
Muchos trabajadores independientes o dependientes, que tributan rentas de trabajo, de cuarta o quinta categoría, suelen consultarnos en IURA LEX ABOGADOS, si es factible acceder a deducciones o descuentos. Lo cierto, es que estas deducciones son posibles y sirven para reducir el monto del impuesto a pagar. No obstante, no puede deducir cualquier gasto, sino solo los que la ley permite expresamente.
A diferencia de lo que ocurre con las empresas, los trabajadores dependientes o los autónomos se sujetan a una deducción específica contemplada en la Ley de Impuesto a la Renta. A continuación, desde IURA LEX ABOGADOS, mencionaremos los gastos deducibles permitidos y cómo los puedes aprovechar para obtener beneficios tributarios.
¿Qué SI puedo deducir?
Todos los gastos deducibles deberán estar contemplados en comprobantes de pago electrónicos que hayan sido emitidos con tu número de documento de identidad o con el número de RUC. Estos son los siguientes:
- Servicios médicos y de salud. Incluye pagos a médicos, dentistas, psicólogos, obstetras, entre símiles, hasta por el 30% del gasto.
- Gastos en hoteles y restaurantes. Deducible el 15% del consumo.
- Alquiler de vivienda. Puedes deducir hasta el 30% del monto pagado. Para esto, el arrendador deberá declarar y pagar el ingreso junto con el impuesto correspondiente.
- Servicios profesionales. Si pagas a otros independientes con recibos por honorarios (servicios generales, por ejemplo), puedes deducir el 30%.
- Aportes a EsSalud por trabajadores del hogar, debidamente declaradas en planilla conforme al régimen correspondiente.
¿Qué gasto NO puedo deducir?
- Compras personales como ropa, celulares, entre otros distintos a los señalados.
- Gastos que no tengan comprobantes electrónicos
- Gastos en comprobantes que no han sido emitidos o posean errores en el RUC o DNI.
Para conocer más sobre la gestión adecuada de tus ingresos y gastos, a fin de mejorar tu planificación tributaria, te recomendamos agendar una consulta legal con nuestro staff de abogados tributarias en IURA LEX ABOGADOS.