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¿EXISTE HOSTIGAMIENTO LABORAL CUANDO EL TRABAJADOR SOLICITA SU ROTACIÓN?

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¿EXISTE HOSTIGAMIENTO LABORAL CUANDO EL TRABAJADOR SOLICITA SU ROTACIÓN?

IURA LEX ABOGADOS, pone en conocimiento el criterio utilizado por el Tribunal Constitucional, acerca del hostigamiento laboral que debe tener en cuenta tanto trabajadores y empleadores al momento de acreditar el daño a la dignidad del trabajador como consecuencia del cambio de puesto de trabajo.

Los actos de hostilidad son aquellos supuestos donde el empleador se excede en sus facultades de dirección y por lo tanto, pueden ser controlados por los trabajadores con un procedimiento, arreglado a ley, de cese de actos de hostilidad que son dirigidas al empleador mediante  un documento denominado cese de actos de hostilidad,  otorgándole un plazo de seis (6) días para resarcir el acto que dañó la “dignidad” del trabajador y causen perjuicio a este

Es así que, en el caso en concreto, el Tribunal Constitucional resolvió declarar fundada la casación presentada por el demandado (empleador),  ya que el argumento de la demandante (trabajador), fue que el empleador estaba vulnerando su derecho a su línea de carrera dentro de la empresa al reubicarlo a un puesto de trabajo inferior al que tenía.

Pues bien, en el presente caso, se debe tener en cuenta que esta rotación de área y puesto de trabajo fue solicitado por la trabajadora mediante un correo electrónico, en la que textualmente solicitaba este cambio de área por motivo que no se sentía cómoda con su jefe inmediato.

El área de Recursos Humanos, tomo cartas en el asunto y la reubico a un área diferente sin perjudicar remuneración  a pesar de que el nuevo cargo era inferior al que tenía.

Recordemos que se debe tomar en cuenta las facultades que tiene el empleador en su poder de dirección que son tres (3): 1) reglamentación u organización, 2) supervisión o fiscalización  y 3) sancionador.

Es por ello, que al momento de ser reubicada, el nuevo cargo que fue otorgado a la trabajadora que solicito el cambio, fue el que se encontraba disponible y que el empleador requería en ese momento, NO vulnerando así su dignidad del trabajador.

Es por ello, que IURA LEX ABOGADOS, asesoramos sobre los diferentes procedimientos que tienen los trabajadores para poder solicitar sus derechos y velar por ellos, ya que por interpretaciones erróneas o sin fundamento los trabajadores pueden quedar sin el resarcimiento del daño ocasionado por el empleador.

Por otra parte recordamos que en IURA LEX ABOGADOS, una de nuestras principales motivaciones es mantener informado a nuestros clientes y así atender sus consultas de manera personalizada.

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