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¿Qué hacer si mi empleador no me paga a tiempo mi remuneración o lo hace de manera parcial?

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¿Qué hacer si mi empleador no me paga a tiempo mi remuneración o lo hace de manera parcial?

Al respecto, IURA LEX ABOGADOS, informa que, si el empleador no cumple con pagar la remuneración o lo hace de manera parcial o tardía, el empleador estaría incurriendo en una falta muy grave en la normativa laboral, ante este hecho el trabajador se encuentra facultado a presentar una denuncia ante la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (en adelante SUNAFIL).

Asimismo, este tipo de acto es considerado como hostil, según la normativa laboral vigente, el mismo que se encuentra tipificado en el artículo 30° del Texto Único Ordenado 728 aprobado por el Decreto Supremo 003-97-TR, en el cual se encuentra una lista de actos o acciones que comete el empleador en contra del trabajador que hace insostenible continuar con la relación laboral, obligando de esta manera que el trabajador presente su renuncia.

El acto que se encuentra descrito en el párrafo anterior, se denomina DESPIDO INDIRECTO, ante estos casos, ¿Qué debe hacer el trabajador?

Pues bien, IURA LEX ABOGADOS, recomienda que presente una carta de cese de actos de hostilidad ante su empleador, este documento debe contener los hechos y/o actos que está incurriendo el empleador que sean considerados como hostiles, indicar el perjuicio (económico/moral/emocional) en contra del trabajador, así como la normativa se está infringiendo (base legal)  y concederle el plazo mínimo de seis (6) días calendarios para que cese los actos hostiles en contra del trabajador, indicando que si en caso el empleador no cesa estos actos hostiles presentará su carta de renuncia o realizará una acción judicial.

Esta carta debe estar debidamente fundamentada, puesto que si en caso el empleador no cesa sus actos hostiles este acto se denuncia ante la SUNAFIL o llevarlo por la vía judicial, una vez que haya presentado su carta de renuncia, con el fin de solicitar la indemnización por Despido Indirecto, equivalente al Despido Arbitrario.

En IURA LEX ABOGADOS, una de nuestras principales motivaciones es mantener informado a nuestros clientes, por ello coordine una cita para atenderlo de manera presencial o virtual y transmítenos tus inquietudes sobre este y otros temas que gustosamente estaremos prestos absolversus dudas.

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