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30 AÑOS POR ROBO DE CELULARES

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30 AÑOS POR ROBO DE CELULARES

¿Qué debemos saber sobre el Decreto Legislativo N.° 1578? En IURA LEX te lo explicamos.
En el marco de la Ley N.° 31880, Ley que delega al Poder Ejecutivo la facultad de legislar, entre otros, en materias de seguridad ciudadana, se modifican los artículos 189 –robo agravado-, 194 –receptación- y 222-A –penalización de la clonación o adulteración de equipos terminales de telecomunicaciones- del Código Penal – en adelante CP-así como se incorporan los artículos 222-B y 222-C al Código Penal.
El artículo 189 del CP aborda las agravantes sobre el robo agravado y prevé tres bloques de incremento de penas bajo ciertos supuestos. El primer bloque que antes tenía 8 supuestos que tienen previstas penas no menores a 12 años ni mayor a 20 años, con la modificación del citado decreto legislativo se incorpora un numeral más trayendo a colación si el robo se comete “Sobre equipo terminal móvil, teléfono celular, equipo o aparato de telecomunicaciones, red o sistemas de telecomunicaciones u otro bien de naturaleza similar.
En el segundo bloque de incremento de penas, van desde los 20 hasta los 30 años, y se advierte que se añaden dos numerales más, el 5 y 6, que a la letra señalan lo siguiente: “5. Si la agravante descrita en el numeral 9 del primer párrafo se realiza mediante el empleo de material o artefacto explosivo. 6. Si la agravante descrita en el numeral 9 del primer párrafo se realiza mediante el uso de vehículos motorizados.”
El tercer y último bloque del incremento de penas es de cada perpetua para los supuestos de i) cuando el agente actúe en calidad de integrante de una organización criminal, o ii) si como consecuencia del hecho, se produce la muerte de la víctima o iii) se le causa lesiones graves a su integridad física o mental.
El derecho penal debe ser utilizado como última ratio, y no como una medicina del gobierno que soluciona prontamente un mal. Véase el delito de feminicidio que prevé una de las penas más altas en el CP y sin embargo encontramos cada mes más feminicidios.
Entonces, legislar sobre un hecho específico como el robo de celulares que hoy vemos a diestra y siniestra que se da en nuestra sociedad, utilizando muchas veces vehículos motorizados o en algunos casos con el empleo de material o artefacto explosivo ¿será la solución? La respuesta es NO.
En la práctica vemos que endurecer las penas no dan una solución efectiva; sin embargo, la solución debería empezar por una política criminal integral, multisectorial y que realmente haya un compromiso efectivo que haga frente a la inseguridad ciudadana, que se dote de logística, capital humano entrenado, con plazos reales y con canales rápidos de atención.
La delincuencia se actualiza y organiza, por ello es importante que los principales actores le pongan inteligencia a las acciones que buscan contrarrestar este cáncer enquistado en nuestra sociedad y que se va apoderando de más espacios en la misma.
Por ello en IURA LEX te recomendamos que tomes medidas de seguridad como i) estar siempre atento cuando estés en espacios públicos o privados; ii) si vas por la calle, o en algún vehículo no expongas tu celular o hables por teléfono, estos tips ayudarán a disminuir la posibilidad de que seas víctima de este tipo de delito.

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