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7
Mar

 ¿PUEDE EL TRABAJADOR RENUNCIAR A ESTAR EN PLANILLA?

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“Doctor, yo no quiero estar en planilla. Prefiero que me paguen completo”. Esta frase, cada vez más frecuente en el ámbito empresarial, coloca al empleador frente a una decisión que parece simple. Sin embargo, encierra un alto riesgo legal.

¿Por qué algunos trabajadores prefieren no estar en planilla?

Actualmente, la informalidad laboral continúa siendo una problemática extendida en nuestro país.
Con el objetivo de reducir costos, muchos empleadores optan por no incorporar a sus trabajadores en planilla. En su lugar, los vinculan mediante contratos de locación de servicios de naturaleza civil. Bajo esta modalidad, solo pagan una contraprestación por los servicios prestados.

Sin embargo, cuando en la realidad concurren los elementos esenciales de una relación laboral, subordinación, prestación personal y remuneració, la situación cambia. En esos casos, el empleador está legalmente obligado a registrar al trabajador en planilla. Además, debe reconocer todos los beneficios sociales correspondientes.

¿Es válido que el trabajador solicite no ser incorporado en planilla?

En la práctica empresarial surge una interrogante frecuente. ¿Qué ocurre cuando el empleador cumple con registrar a su personal en planilla, pero es el propio trabajador quien solicita no ser incorporado?

En muchos casos, el trabajador busca evitar los descuentos por AFP u ONP. También intenta evitar la renta de quinta categoría para recibir el íntegro de su ingreso mensual.

Ante esta situación surgen varias dudas. ¿Debe el empleador acceder a ese pedido? ¿Es válido firmar un acuerdo donde el trabajador renuncie a sus derechos laborales?

La respuesta es un rotundo NO. Este tipo de acuerdos no es válido ni legalmente posible. Los derechos laborales tienen carácter irrenunciable, conforme lo establece nuestra Constitución.

En consecuencia, el registro en planilla y los aportes previsionales no dependen de la voluntad del trabajador ni del empleador. Se trata de obligaciones legales de carácter imperativo.

Por ello, aun cuando el trabajador manifieste expresamente su deseo de no ser registrado, el empleador sigue siendo responsable. Esta responsabilidad se mantiene frente a la autoridad administrativa y también ante el Poder Judicial.

¿Qué riesgos legales enfrenta el empleador si acepta este acuerdo?

Iura Lex indica que ceder ante este tipo de solicitudes puede generar graves contingencias legales. Entre ellas se encuentran las multas significativas impuestas por SUNAFIL. También pueden presentarse demandas judiciales por desnaturalización de contrato. Además, la empresa podría verse obligada a pagar beneficios sociales retroactivos.

Debe tenerse en cuenta otro aspecto importante. Una vez terminada la relación laboral, el trabajador tiene hasta cuatro años para reclamar judicialmente sus beneficios sociales.

En ese escenario, el trabajador podría demandar el reconocimiento del vínculo laboral. Esto puede ocurrir incluso si en su momento aceptó no estar en planilla.

Además, cualquier documento privado donde el trabajador “renuncie” a sus derechos carecerá de validez. Esto se debe al principio de irrenunciabilidad de los derechos laborales.

Por ello, el aparente ahorro inmediato puede convertirse en una contingencia económica mucho más costosa en el futuro.

En IURA LEX brindamos asesoría laboral especializada. Nuestro objetivo es que las empresas actúen conforme a la ley. También ayudamos a estructurar correctamente las relaciones laborales y a prevenir riesgos legales que afecten su crecimiento y sostenibilidad.