¿Qué es el peculado de uso y qué sanciones enfrentan los funcionarios públicos?
El peculado de uso es el delito cometido por un funcionario o servidor público que utiliza o permite que otros usen vehículos, máquinas o bienes del Estado para fines ajenos al servicio. Según el artículo 388 del Código Penal, este acto se sanciona con una pena privativa de libertad de dos a cuatro años, inhabilitación y días-multa.
Sabías que, si eres funcionario público y te asignaron vehículos a tu cargo y le das otro uso, podrías estar incurso en la comisión de un delito.
Aunque inofensiva la premisa señalada, muchos funcionarios que ejercen cargos de una comuna o de un gobierno regional, piensan que no les pasará nada, mientras que están en el gobierno de turno.
Sin embargo, si te asignaron movilidad para tus desplazamientos propios de la función y resulta que de forma colaborativa prestas tu vehículo a algún candidato para que movilice su publicidad para la campaña electoral o mejor aún, le prestas el vehículo a tu hermano para que lo utilice para sus fines personales, y piensas que nadie se va a dar cuenta, pues estás equivocado.
Riesgos legales del uso indebido de bienes estatales
El Código Penal, tiene una sección especial denominado Delitos Contra la Administración Pública -Título XVIII- y precisamente en su artículo 388 se encuentra el delito de peculado de uso, que sanciona a todo funcionario o servidor público que da otro uso a los vehículos, maquinas u otro pertenecientes a la administración pública.
