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Carta inductivas y Circulares de la SUNAT a las personas naturales

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Carta inductivas y Circulares de la SUNAT a las personas naturales

El Iura Lex Abogados las consultas tributarias por desbalance patrimonial y/o renta presunta se han incrementado exponencialmente, como consecuencia de que la SUNAT viene emitiendo cartas inductivas y/o circulares a los contribuyentes que, no siendo personas jurídicas, les informa que deben renta.

En realidad muchas personas que realizan actividad empresarial no tienen conocimiento que la SUNAT cuenta con poderosos motores de búsqueda y cruce de información que les permite identificar las personas que tienen un desbalance patrimonial.

Esto es, que si en tu registro bancario figuran sumas económicas importantes que superen lo establecido por norma expresa entonces serás un candidato a verificar si tus ingresos económicos han sido declarados oportunamente.

En Iura Lex Abogados explicamos que si usted se encuentra en planilla, entonces sus ingresos formales serán declarados de forma mensual por su empleador al ser rentas de quinta categoría. Si usted realiza oficios por su cuenta o actividad profesional como Arquitecto, ingeniero u otra actividad usted emitirá recibos de locación de servicios generando rentas de cuarta categoría. Si usted recibe dividendos por acciones de una empresa y los declara, entonces usted percibirá renta de segunda categoría y por último, si usted alquila su vehículo o su departamento y pago su impuesto usted percibirá renta de primera categoría.

¿Pero qué pasa si usted tiene ingresos en sus cuentas bancarias o posee signos exteriores de riqueza como que ha comprado un departamento al contado, o ha adquirido un vehículo del año o tiene altos niveles de consumo con sus tarjetas de crédito y no tiene como sustentar estos gastos?, entonces la SUNAT iniciará una fiscalización tributaria, para lo cual previamente emitirá una carta inductiva o una circular para que usted voluntariamente regularice su pago de impuestos.

En Iura Lex Abogados siempre recomendamos que no debe esperar a que la SUNAT lo visite en estas fiestas navideñas y le exija el pago de los tributos omitidos, más la multa equivalente al cincuenta por ciento del tributo omitido y los intereses que se hayan generado.

Es por ello que a fin de evitar contingencias tributarias si usted estimado contribuyente se encuentra en alguno de estos supuestos que hemos señalado será mejor que busque asesoría legal especializada.

En Iura Lex Abogados siempre recomendamos la prevención antes que los procedimientos sancionadores que afectan severamente el patrimonio de los contribuyentes que se encuentran en la informalidad.

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