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¿Cómo inscribir la elección del presidente de la junta de propietarios?

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¿Cómo inscribir la elección del presidente de la junta de propietarios?

Desde hace una década hasta la actualidad muchas personas siguen optando por adquirir departamentos en edificios, pues es una de las alternativas más viables para vivir en la ciudad. Los edificios de departamentos se encuentran sujetos al régimen de propiedad exclusiva y propiedad común, llamado también propiedad horizontal, regulado por la Ley Nº 27157 y su reglamento, cuyo Texto Único Ordenado (TUO) es el Decreto Supremo Nº 035-2006-Vivienda.

De conformidad con el artículo 129 del Reglamento de la Ley Nº 27157, este régimen cuenta con un Reglamento Interno y una Junta de Propietarios. Así, el Reglamento Interno es el estatuto que contiene la descripción de las secciones de propiedad exclusiva, los derechos y obligaciones de los propietarios, y las formalidades para tomar acuerdos mediante la Junta de Propietarios, el cual es el principal órgano de decisión del régimen de propiedad exclusiva y propiedad común. Dicha Junta de Propietarios debe elegir a un Presidente quien ejerce la representación legal de los propietarios y asume funciones y responsabilidades que las leyes y el propio reglamento interno le otorgan.

De manera que, la elección del Presidente de la Junta de Propietarios es sumamente importante, pues en representación de todos los propietarios es quien, por ejemplo, puede demandar el cobro de las cuotas de mantenimiento a aquellos propietarios que en muchas ocasiones dejan de pagar inclusive por años, perjudicando al resto de propietarios. Sin embargo, un problema común en nuestra realidad es que los propietarios o bien nunca eligieron al Presidente de la junta o bien se lo eligió de modo informal, sin acuerdos en actas ni inscripción en registro, o inclusive habiéndose elegido al Presidente válidamente su periodo de funciones venció, con lo cual se ven imposibilitados de cobrar las cuotas de mantenimiento lo cual produce un alto índice de morosidad y perjuicio para todos los propietarios.

¿Cuál es la solución a los problemas mencionados? Dependerá de cada caso en particular, para optar por el mecanismo adecuado que establece el ordenamiento jurídico para la elección del Presidente de la Junta de Propietarios. En ese sentido, en IURA LEX ABOGADOS contamos con abogados especialistas en Derecho Inmobiliario y Derecho Registral para brindarle la solución adecuada a su caso concreto, a fin de que pueda formalizarse adecuadamente la Junta de Propietarios y realizar la elección e inscripción del Presidente que permitirá que éste pueda ejercer la representación legal ante toda autoridad administrativa, judicial y policial en favor y provecho de todos los propietarios.

En IURA LEX ABOGADOS, tenemos amplia experiencia solucionando todo tipo de problemas inmobiliarios vinculados al régimen de propiedad exclusiva y propiedad común, brindando una asesoría legal especializada, así como los servicios de estudios de títulos, elaboración y adecuación del reglamento interno a la legislación vigente, redacción de cartas notariales, convocatorias, declaraciones y actas de junta de propietarios, así como la gestión notarial e inscripción en Registros Públicos, todo lo cual es necesario para garantizar una solución adecuada a su problema mediante un servicio legal diferenciado y de excelencia.

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