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¿Cuál sería el impacto de la ley que establece la licencia por fallecimiento de familiares en el sector privado?

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¿Cuál sería el impacto de la ley que establece la licencia por fallecimiento de familiares en el sector privado?

IURA LEX ABOGADOS comunica que la semana pasada el congreso de la República  ha aprobado el texto sustitutorio del Proyecto  Ley N° 1340 sobre la Licencia por Fallecimiento de Familiares como cónyuge, padres, hijos y hermanos en el sector privado estando en manos del poder ejecutivo por un plazo de sesenta (60) días,  para su promulgación y entrada en vigencia de la presente Ley.

Situándonos en la realidad que atraviesa el Perú existe una informalidad superior al 75%, esto quiere decir que solo el 25% de las personas que trabajan se encuentran en planilla y cuentan con algún beneficio social, siendo beneficiado con la promulgación de esta Ley solo 1 de cada 4 trabajadores.

En ese sentido, es importante mencionar que el objeto de la Ley es que el empleador  permita al trabajador acompañar a sus familiares en los momentos más difíciles de la vida cuando pierdan a sus seres más queridos, sin que este afecte su remuneración ni beneficios sociales.

Pues bien, actualmente los empleadores muchas veces otorgan licencias sin goce de haber al trabajador que solicita  permiso por este motivo, perjudicando al trabajador por que al haber una suspensión perfecta de laborales, esto quiere decir  si no trabajo no me pagan, afecta en forma directa en la remuneración del trabajador así como en sus beneficios sociales.

Es importante resaltar el esfuerzo por legislar sobre este tema toda vez que existe una diferencia entre el sector público y sector  privado dejando a manos del empleador sobre otorgar o no al trabajador el permiso para que pueda ocuparse de este tema con sus familiares, sin embargo con esta sustitución de texto del proyecto de Ley N° 1340 cubre al trabajador para que no se vea afectado.

También se ha previsto que si el fallecimiento del familiar se encuentra en otro parte geográfica de donde se presta el servicio, se otorgará un plazo adicional de tres (3) días más para que el trabajador pueda realizar el viaje de traslado de un lugar a otro.

IURA LEX ABOGADOS informa  a sus lectores sobre el momento en que entrará en vigencia la presente norma legal.

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