Organización Criminal: ¡No toda imputación es suficiente!
La insuficiencia de las imputaciones genéricas en delitos de organización criminal
Es muy frecuente escuchar en las noticias que una persona está siendo investigada por pertenecer a una organización criminal. Sin embargo, ¿basta con que existan tres o más personas para afirmar tajantemente que estamos frente a este delito? La respuesta es no. Para hablar de este delito, no basta una imputación genérica por parte del Ministerio Público, ni señalar simplemente que unos eran brazo operativo y otros facilitaban vehículo o recursos. La Fiscalía debe explicar cómo los hechos atribuidos se adecuan a los elementos típicos del delito de organización criminal y sustentar dicha imputación con los elementos de convicción correspondientes. ¿Por qué es importante ello? Porque si la Fiscalía concluye la investigación y decide formular acusación, pues deberá explicar acabadamente, por qué la conducta desplegada por la persona investigada calza con el delito imputado.
Garantías constitucionales y el debido proceso en la investigación penal
Es de anotar que las imputaciones genéricas o colectivas no son compatibles con las garantías propias de un debido proceso. Recuerda que toda persona tiene derecho a conocer con precisión qué conducta se le atribuye, a efectos de ejercer adecuadamente su derecho de defensa. Si bien las autoridades se encuentran en la lucha contra la criminalidad organizada, ello no exime que las mismas deben respetar el debido proceso y las garantías constitucionales. Combatir el delito y respetar los derechos fundamentales no son incompatibles, antes bien, son pilares esenciales de un Estado constitucional de derecho.
