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ERRORES EN EL CONTRATO DE TRABAJO PUEDEN GENERAR LA IMPOSICIÓN DE MULTAS POR PARTE DE SUNAFIL A MICRO Y PEQUEÑAS EMPRESAS

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ERRORES EN EL CONTRATO DE TRABAJO PUEDEN GENERAR LA IMPOSICIÓN DE MULTAS POR PARTE DE SUNAFIL A MICRO Y PEQUEÑAS EMPRESAS

Recientemente el Tribunal de Fiscalización Laboral ha confirmado mediante Resolución N° 891-2023-SUNAFIL/TFL-Primera Sala de fecha 14 de setiembre del presente año, la imposición de multa a una microempresa por no cumplir con otorgar beneficios del régimen laboral general a sus trabajadores. Aunque esto suene paradójico, lo sucedido fue que debido a que la empresa empleadora no consignó en los contratos suscritos con 04 de sus trabajadores nada referente a su condición de microempresa ni a la aplicación del régimen laboral que le corresponde, consignando en forma genérica que la contratación se efectuaba según el régimen laboral de actividad privada, el Tribunal determinó que aquellos trabajadores se encontraban bajo la aplicación del régimen laboral común y que por tanto, al no habérseles otorgado la remuneración vacacional en la forma que este lo contempla, correspondía confirmar la sanción interpuesta por SUNAFIL.
Al respecto, nuestra recomendación constante en IURALEX es evitar utilizar en la contratación de cualquier personal modelos estándar de contratos (sacados de internet por lo general), sea cual fuere nivel en el cual se encuentre la empresa (micro, pequeña, mediana o gran empresa). Las condiciones y circunstancias tanto personales como profesionales según cada trabajador y según el puesto de trabajo o incluso las necesidades de la empresa, son siempre diferentes. Recurrir a un modelo de contrato puede ser útil para algunas generalidades pero no puede cubrir el total de las particularidades necesarias ni proteger de la forma más adecuada al empleador para evitar incurrir en infracciones ante SUNAFIL.
Así, no basta que en el contrato se precisen los datos genéricos de cada una de las partes, sino que se debe vigilar que el documento en general responda y sea coherente con la realidad de cada una de ellas. Pertenecer al régimen de microempresa no servirá de nada si es que no se expresa concretamente que los trabajadores se sujetarán a lo previsto en dicho régimen. Una referencia tan liviana, propia de un error o de ignorancia, de que la contratación se efectuará bajo los alcances del régimen laboral privado, tendrá el efecto de colocar a todos los trabajadores bajo el régimen general y obligará a la empresa a que cumpla con otorgar todos los beneficios que este prevé. Incumplir puede traer como consecuencia de que siendo microempresa obtenga la imposición de una multa próxima a los S/ 15, 000.00 soles, como en el caso que aludimos en el primer párrafo.
En IURALEX hemos observado, asimismo, a lo largo de nuestra experiencia en asesoría laboral para empresas que lo mismo puede ocurrir respecto de: la contratación a plazo fijo, el establecimiento de motivos para sanción o despido de cualquier trabajador, para la aplicación de cualquier régimen especial en general o en variadas circunstancias. Nunca es recomendable ni adecuado si quiera, utilizar modelos de contratos en la contratación laboral. Lo que puede parecer un ahorro inicialmente, puede terminar en un costo mucho más alto.
Resumimos entonces frente a lo resuelto por el Tribunal de Fiscalización Laboral en Resolución N° 891-2023-SUNAFIL/TFL-Primera Sala, nuestras recomendaciones para las micros y pequeñas empresas, en los siguientes puntos:
1. Verifica la vigencia de tu inscripción en el REMYPE.
2. Analiza junto con la asesoría legal pertinente, la modalidad de contratación del personal actual y nuevo en la empresa.
3. Elabora contratos especiales para cada régimen laboral especial, que sea acorde a las condiciones personales del trabajador y a las características del puesto de trabajo que será cubierto, no usar modelos estándar.
4. Tener presente que todo pago o derecho concedido o pactado a los trabajadores que fuera superior a lo establecido en el régimen de MYPE, se convierte en una obligación para el empleador. Su desconocimiento acarrea sanción por SUNAFIL.
Desde IURALEX, instamos a que lo señalado sea profundizado con la asesoría legal de su mejor estima. En cualquier caso, puede contactar con nosotros de considerarlo pertinente. Evitemos la imposición y pago de multas además del posterior gasto que implica una representación legal administrativa o judicial por una fiscalización, con una prevención legal oportuna.

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