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ESTOY EN TELETRABAJO ¿CUÁNTAS HORAS DE TRABAJO DEBO CUMPLIR AL DÍA?

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ESTOY EN TELETRABAJO ¿CUÁNTAS HORAS DE TRABAJO DEBO CUMPLIR AL DÍA?

En IURALEX hemos notado como consecuencia de diversas asesorías en relaciones laborales, que existe una duda frecuente sobre la jornada o el tiempo de trabajo en la modalidad de Teletrabajo. Tanto empleadores como trabajadores poseen confusiones, debido a la flexibilidad de la figura, sobre realmente cuál es la disposición al trabajo que debe tener un teletrabajador.

Al respecto, primero debemos establecer que la norma del Teletrabajo introduce una institución nueva dentro del ordenamiento jurídico nacional que es el derecho a la desconexión digital. Este implica que el trabajador fuera del horario de trabajo no está obligado, y el empleador no puede obligarlo, a atender, contestar, replicar, coordinar, gestionar o realizar actividad alguna vinculada con el trabajo.

Así, aunque esta modalidad de trabajo ofrece una flexibilidad amplia en la distribución y disposición del tiempo del trabajador a cumplir con su trabajo debido a la comodidad de su domicilio o del lugar donde ejecute sus labores no presenciales, la norma laboral impide que el empleador fuera de las ocho horas de trabajo diario, o su proporción en el marco de las cuarenta y ocho horas semanales, requiera mayores esfuerzos del trabajador.

Queda desterrado, de este modo, del sistema del teletrabajo frases que en principio parecen inocentes, como “por favor solo contestar el correo” o “atiende la llamada por dos minutos”, “respóndeme urgente por favor”. Todas ellas conllevan, en el fondo, una vulneración al derecho a la desconexión digital, pues demandan al trabajador tener una presencia digital superior a su horario de trabajo.

Este derecho se extiende incluso para el caso de trabajadores de confianza, directivos o gerentes o cualquiera que labore sin supervisión inmediata, pues la norma prevé que, para su caso, la desconexión digital no puede ser inferior a las doce horas diarias.

Ello demanda que, como hemos observado en IURALEX antes, la dedicación laboral que este tipo de trabajadores pueden realizar en teletrabajo, no debe ser superior a doce horas al día, aun cuando para el caso del trabajo presencial, tal limitación en la norma no existe y ocurra normalmente que ellos puedan dedicar doce, trece o las horas que sean necesarias, a cumplir con su trabajo sin retribución a horas extras.

Hemos tocado brevemente el tema esperando que sea de su utilidad. Cualquier consulta o duda al respecto, recuerde que puede contactarse con nuestro staff de abogados laboralistas en IURALEX y reservar una cita.

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