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¿SU INMUEBLE ESTÁ HIPOTECADO? SEPA COMO LEVANTAR LA HIPOTECA

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¿SU INMUEBLE ESTÁ HIPOTECADO? SEPA COMO LEVANTAR LA HIPOTECA

En IURA LEX ABOGADOS sabemos que es usual que, con el objetivo de buscar financiamiento para nuestros negocios o para realizar una inversión importante, recurrimos a mecanismos como la hipoteca, en la cual damos en garantía nuestra casa, departamento o terreno a cambio de recibir el capital que requerimos. IURA LEX ABOGADOS pone en su conocimiento que las hipotecas pueden ser levantadas o extinguidas de diversas formas, por las causales que se detallan a continuación:

  • Extinción de la obligación garantizada: En tanto que la hipoteca es accesoria de una obligación principal, cuando se extingue la obligación, se extingue la hipoteca. La forma natural de extinguir una obligación es mediante el pago o el cumplimiento de esta, pero también se puede generar, por ejemplo, cuando la empresa acreedora se extingue o deja de existir.
  • Anulación, rescisión o resolución de dicha obligación: Esta es otra causal que afecta la obligación garantizada por la hipoteca. Opera, por ejemplo, cuando el contrato que dio origen a la obligación se declara nulo o es resuelto.
  • Renuncia escrita del acreedor: En tanto la hipoteca es una garantía que sirve para proteger al acreedor ante el incumplimiento del deudor, el acreedor está en la libertad de renunciar a la hipoteca en uso de su autonomía privada. Dicha renuncia deberá constar en una escritura pública para que pueda ser inscrita en Registros Públicos.
  • Destrucción total del inmueble: La hipoteca es una garantía inmobiliaria; es decir, opera sobre propiedades inmuebles. Por tanto, si se destruye el inmueble, se extingue la hipoteca. Sin embargo, si el inmueble está asegurado, la hipoteca se extenderá al monto que el seguro pague con motivo de la destrucción del inmueble.
  • Consolidación: Esto ocurre cuando el acreedor hipotecario se convierte en el nuevo propietario del inmueble, por ejemplo, mediante la compra del mismo.
  • Caducidad: Esta forma de extinción opera cuando transcurren diez años desde la inscripción de la hipoteca; o, en caso de que la obligación garantizada sea de tipo crediticio, cuando transcurran diez años desde que dicha obligación fue exigible. Sin embargo, este mecanismo de extinción de la hipoteca no operará cuando el acreedor sea una empresa del sistema financiero.

En IURA LEX ABOGADOS contamos con los conocimientos y experiencia necesarios para evaluar la situación legal de su inmueble y, en base a ello, ayudarlo a que pueda adoptar los mejores mecanismos legales en aras a proteger su propiedad. Nuestros servicios están a su disposición.

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