Penal
Las letras de cambio aseguran el pago de una deuda
IURA LEX ABOGADOS pone a su conocimiento que cuando se realizan negocios y/o transacciones comerciales muchas personas piden que les giren a su favor letras de cambio para asegurar el pago de la deuda, creyendo que con unas letras de cambio llenadas y firmadas van a poder recuperar su dinero en caso de que la otra parte incumpla con el pago. ¿Pero qué tan cierto es esto? Veámoslo a continuación.
Según nuestro ordenamiento legal la letra de cambio es un título valor porque expresa en un documento la existencia de una deuda y contiene una obligación de pago de una suma de dinero cierta a favor de una persona en una fecha determinada que se compromete a cumplir quien acepta la letra de cambio.
Ahora bien, la letra de cambio es considerada por la ley como un título ejecutivo, es decir, un documento con el cual se puede iniciar un proceso judicial ejecutivo que tiene como nota característica su rapidez ya que el derecho del acreedor está acreditado con la propia letra de cambio; así, en caso el deudor no cumpla con pagar lo ordenado por el juez, este ordenará la ejecución forzada de la sentencia.
Pero aún así el Juez ordene la ejecución forzada de la sentencia, de nada servirá si el deudor no tiene bienes que puedan respaldar la deuda y con los cuales el acreedor pueda hacerse cobro, por lo que, sencillamente tendremos una sentencia que no podrá ejecutarse en beneficio del acreedor, de allí que IURA LEX ABOGADOS le informe la gran importancia de asegurarse de otras formas y tomar más precauciones al momento de realizar transacciones que lo puedan perjudicar.
En IURA LEX ABOGADOS, nuestros sólidos conocimientos en derecho civil, así como nuestra amplia experiencia en asesoría legal y solución de conflictos en forma judicial y extrajudicial le garantizan que podrá proteger sus intereses de la forma más segura y obtener una solución a sus problemas en el menor tiempo posible, contáctese con nosotros y gustosamente lo atenderemos.