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Laboral
11
Ago

Nuevas reglas de teletrabajo: Lo que toda empresa debe actualizar en sus contratos y normativa interna

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El teletrabajo en el Perú acaba de recibir nuevas reglas que impactan directamente en las empresas que tienen personal laborando bajo esta modalidad. El Decreto Supremo N.º 009-2026-TR, publicado el 22 de julio de 2026, modificó diversos artículos del Reglamento de la Ley de Teletrabajo e incorporó nuevas obligaciones relacionadas con contratos, seguridad digital, prevención del hostigamiento sexual, seguridad y salud en el trabajo, cambio de lugar habitual de teletrabajo y actividades particulares durante la jornada.

Esto significa que las empresas ya no deberían limitarse a tener un acuerdo básico de teletrabajo. Ahora deben revisar si sus contratos, anexos, Reglamentos Internos de Trabajo, políticas de seguridad de la información, protocolos de supervisión y procedimientos disciplinarios están alineados con la nueva regulación.

El cambio es especialmente relevante porque el teletrabajo dejó de ser una solución temporal y se convirtió en una modalidad permanente para muchas organizaciones. Sin embargo, también ha generado nuevos riesgos: pérdida de control de jornada, uso inadecuado de equipos, filtración de información confidencial, fallas de ciberseguridad, accidentes en el lugar de teletrabajo y dificultades para supervisar actividades personales durante el horario laboral.

Índice

  • ¿Qué cambió con las nuevas reglas de teletrabajo?
  • ¿Qué debe contener ahora el contrato de teletrabajo?
  • Seguridad digital e información confidencial
  • Actividades personales durante la jornada
  • Seguridad y salud en el teletrabajo
  • Cambio del lugar habitual de teletrabajo
  • Documentos que debe actualizar la empresa
  • Errores frecuentes
  • Casos prácticos
  • Checklist empresarial
  • Preguntas frecuentes

¿Qué cambió con las nuevas reglas de teletrabajo?

La nueva regulación refuerza el contenido mínimo que deben tener los contratos o acuerdos de teletrabajo. El empleador debe incorporar reglas más claras sobre equipos, seguridad digital, información confidencial, prevención del hostigamiento sexual, seguridad y salud en el trabajo, pausas activas y lugar desde donde se prestará el servicio.

El Diario Oficial El Peruano informó que el Decreto Supremo N.º 009-2026-TR adecúa el Reglamento de la Ley de Teletrabajo a las modificaciones incorporadas por la Ley N.º 32102, respecto de los derechos y deberes de los teletrabajadores.
Por eso, si una empresa sigue usando contratos de teletrabajo antiguos, formatos genéricos o acuerdos simples, puede quedar expuesta a contingencias laborales.

¿Qué debe contener ahora el contrato de teletrabajo?

El contrato o acuerdo de teletrabajo debe precisar con claridad las condiciones en las que el trabajador prestará servicios fuera del centro laboral.

  • Debe regular, entre otros puntos:
  • Lugar habitual de teletrabajo.
  • Jornada y horario.
  • Mecanismos de supervisión.
  • Entrega, uso, custodia y mantenimiento de equipos.
  • Seguridad digital.
  • Protección de información confidencial.
  • Medidas de prevención del hostigamiento sexual.
  • Seguridad y salud en el trabajo.
  • Pausas activas.
  • Reglas sobre actividades personales durante la jornada.
  • Condiciones para modificar o retornar a la modalidad presencial.

No se trata solo de cumplir con una formalidad. Un contrato mal redactado puede debilitar la facultad de dirección del empleador y generar conflictos sobre control horario, productividad o medidas disciplinarias.

Seguridad digital e información confidencial

Uno de los principales cambios es la necesidad de regular la seguridad digital y el tratamiento de información confidencial. Esto resulta esencial cuando el trabajador accede desde su domicilio a bases de datos, correos corporativos, sistemas internos, documentos sensibles, información de clientes o claves de acceso.

  • La empresa debe establecer reglas sobre:
  • Uso exclusivo de equipos corporativos.
  • Prohibición de compartir claves.
  • Manejo de documentos confidenciales.
  • Uso de redes seguras.
  • Almacenamiento de información.
  • Reporte de incidentes de seguridad.
  • Prohibición de instalar software no autorizado.
  • Devolución de equipos y documentos.

Este punto conecta directamente con la prevención de riesgos laborales, comerciales y reputacionales.

Actividades personales durante la jornada de teletrabajo

La nueva regulación también desarrolla un punto sensible: las actividades particulares durante la jornada. Si el empleador detecta que el trabajador realiza actividades ajenas a sus funciones durante el horario laboral, podrá requerir la justificación correspondiente y, si no existe una explicación válida, iniciar el procedimiento disciplinario que corresponda.

Esto no significa que la empresa pueda vigilar sin límites. La supervisión debe ser razonable, proporcional y respetuosa de los derechos fundamentales. Pero sí brinda mayor respaldo para actuar cuando existan evidencias de incumplimiento.

Seguridad y salud en el teletrabajo

El teletrabajo también exige una evaluación de riesgos del lugar donde se prestan servicios. La empresa debe revisar si el espacio habitual de teletrabajo permite condiciones mínimas de seguridad, ergonomía y salud ocupacional.

  • Esto puede incluir:
  • Identificación de riesgos ergonómicos.
  • Recomendaciones sobre mobiliario.
  • Pausas activas.
  • Prevención de fatiga visual.
  • Reporte de accidentes.
  • Capacitación en SST.
  • Declaración del lugar habitual de teletrabajo.

El teletrabajo no elimina las obligaciones de Seguridad y Salud en el Trabajo. Solo cambia la forma en que deben gestionarse.

Cambio del lugar habitual de teletrabajo

Otro punto relevante es el cambio del lugar habitual de teletrabajo. La empresa debe conocer desde dónde presta servicios el trabajador, porque ello impacta en supervisión, SST, confidencialidad, disponibilidad y organización del trabajo.

Si el trabajador cambia de domicilio, ciudad o país sin comunicarlo, pueden surgir problemas operativos y legales. Por eso, el contrato debe regular la obligación de informar cambios y la posibilidad de que el empleador evalúe si el nuevo lugar permite mantener la modalidad.

Documentos que debe actualizar la empresa

Documento¿Qué debe revisar la empresa?
Contrato o acuedo de teletrabajoContenido mínimo actualizado
Reglamento Interno de TrabajoReglas de jornada, disciplina y supervisión
Política de seguridad de la informaciónProtección de datos y confidencialidad
Política de equiposEntrega, custodia, mantenimiento y devolución
IPERC o evaluación SSTRiesgos del lugar de teletrabajo
Procedimiento disciplinarioActividades particulares no justificadas
Política de hostigamiento sexualPrevención también en modalidad remota
Formatos de cambio de lugarComunicación y aprobación del nuevo lugar

Errores frecuentes

Error 1: Usar contratos de teletrabajo antiguos

Los formatos previos pueden quedar incompletos frente a las nuevas exigencias.

Error 2: No regular seguridad digital

El teletrabajador puede acceder a información sensible desde redes o equipos inseguros.

Error 3: No establecer reglas de supervisión

Sin reglas claras, sancionar incumplimientos puede ser más difícil.

Error 4: No evaluar riesgos del lugar de teletrabajo

La modalidad remota también exige gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo.

Error 5: No actualizar el RIT

El contrato individual no basta si la normativa interna sigue desfasada.

Casos prácticos

Caso 1: trabajador que cambia de ciudad sin informar

Una empresa descubre que un trabajador que debía teletrabajar desde Lima se encuentra prestando servicios desde otra ciudad. La empresa no tenía cláusula sobre cambio de lugar habitual.

El caso genera dudas sobre supervisión, disponibilidad, seguridad de la información y cobertura de SST. Una cláusula clara habría permitido exigir comunicación previa y evaluar la continuidad de la modalidad.

Caso 2: teletrabajador realiza actividades personales en horario laboral

La empresa detecta que un trabajador desarrolla actividades ajenas durante la jornada. Sin embargo, su contrato no regula mecanismos de control ni procedimiento de justificación. Con la nueva regulación, la empresa debe contar con reglas internas para requerir explicaciones y, si corresponde, iniciar procedimiento disciplinario.

Caso 3: pérdida de información confidencial

Un trabajador descarga archivos corporativos en una computadora personal compartida. Luego se produce una filtración.
Si la empresa no tenía política de seguridad digital, será más difícil acreditar que informó adecuadamente sus reglas y restricciones.

Preguntas frecuentes

1 ¿Qué norma modificó las reglas de teletrabajo?

El Decreto Supremo N.º 009-2026-TR modificó el Reglamento de la Ley de Teletrabajo.

2. ¿La empresa debe actualizar contratos?

Sí. Los contratos o acuerdos de teletrabajo deben adecuarse a las nuevas reglas.

3. ¿También debe actualizarse el RIT?

Sí es recomendable, especialmente si la empresa regula jornada, disciplina, supervisión y seguridad de la información.

4. ¿La empresa puede sancionar actividades personales durante el teletrabajo?

Puede requerir justificación y, de no existir explicación válida, iniciar el procedimiento disciplinario correspondiente.

5. ¿El teletrabajo elimina las obligaciones de SST?

No. La empresa debe gestionar riesgos vinculados al lugar donde se presta el servicio.

Las nuevas reglas de teletrabajo obligan a las empresas a pasar de acuerdos simples a una regulación interna más completa, clara y fiscalizable. Ya no basta con indicar que el trabajador prestará servicios desde casa. Se necesita regular seguridad digital, confidencialidad, equipos, pausas activas, riesgos laborales, cambio de lugar habitual y actividades particulares durante la jornada.

En Iura Lex Abogados ayudamos a las empresas a actualizar sus contratos de teletrabajo, Reglamentos Internos de Trabajo, políticas de seguridad de la información y normativa interna, reduciendo contingencias laborales y fortaleciendo la seguridad jurídica de la organización.