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Laboral
2
Sep

Lo que el empleador puede y no puede saber de la salud de sus trabajadores

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IURA LEX ABOGADOS pone en conocimiento que la protección de los datos de salud en el ámbito laboral exige encontrar un equilibrio entre el deber del empleador de garantizar condiciones seguras de trabajo y la obligación de respetar la intimidad y confidencialidad de los trabajadores. La Opinión Consultiva N.° 013-2021-JUS/DGTAIPD ha establecido con claridad los límites en el acceso y tratamiento de la información médica por parte de las empresas.

Este pronunciamiento confirma que el empleador es titular del banco de datos de salud de sus trabajadores, pero su uso no es discrecional. Solo puede tratar información médica en los casos permitidos por ley, como exámenes médicos pre, durante y post ocupacionales, o cuando el trabajador otorga su consentimiento expreso y por escrito para otros fines. Todo tratamiento de datos debe regirse por los principios de proporcionalidad, confidencialidad y finalidad.

Asimismo, se precisa que las entidades como ESSALUD, EPS o aseguradoras del SCTR actúan únicamente como encargadas del tratamiento, sujetas a las mismas obligaciones de protección de datos. El médico ocupacional es quien custodia la historia clínica y conoce el detalle de los resultados, pero al empleador solo le corresponde recibir el certificado de aptitud laboral (apto, apto con restricciones o no apto) y, en su caso, información estadística colectiva sobre la salud de la plantilla, sin exponer datos individuales.

La empresa debe llevar registros de seguridad y salud en el trabajo con información mínima: número de exámenes realizados, certificados de aptitud y estadísticas generales. No corresponde que acceda a resultados clínicos detallados ni que aseguradoras entreguen directamente informes médicos completos a gerentes o áreas administrativas, pues estos deben dirigirse exclusivamente al médico de vigilancia, quien es el único autorizado para informar al trabajador sobre su diagnóstico y comunicar al empleador únicamente la aptitud laboral.

En IURA LEX ABOGADOS contamos con un equipo especializado en derecho laboral, seguridad y salud en el trabajo y protección de datos personales. Brindamos asesoría integral para implementar sistemas de vigilancia médica conformes con la normativa, proteger la confidencialidad de la información y evitar contingencias legales o sanciones administrativas. Ayudamos a su empresa a cumplir la ley, resguardar la privacidad de sus trabajadores y fortalecer su cultura de prevención, convirtiendo las obligaciones legales en una herramienta para gestionar mejor sus riesgos laborales.