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31
Ago

Criptomonedas y Fraude Informático: ¿Por qué es importante no ignorar una citación fiscal?

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Comprar y vender criptomonedas puede ser una actividad lícita. Muchas personas realizan operaciones con USDT, Bitcoin u otros activos digitales mediante plataformas como Binance, especialmente en operaciones P2P. Sin embargo, en los últimos meses se vienen presentando casos en los que personas dedicadas a la compra y venta de criptomonedas terminan vinculadas a investigaciones por presunto fraude informático o estafa, luego de recibir dinero en sus cuentas bancarias como parte de operaciones realizadas en plataformas digitales.

El problema suele aparecer cuando el dinero recibido por la venta de criptomonedas forma parte del recorrido de fondos provenientes de una denuncia por estafa, fraude informático, suplantación o engaño digital. La persona que vendió USDT puede haber actuado de buena fe, pero si su cuenta bancaria aparece dentro del flujo del dinero investigado, el Ministerio Público puede citarla para que explique el origen, finalidad y documentación de la operación.

La Ley N.º 30096, Ley de Delitos Informáticos, busca prevenir y sancionar las conductas ilícitas cometidas mediante tecnologías de la información o comunicación. Asimismo, sus modificaciones han fortalecido la persecución penal de distintas modalidades de ciberdelincuencia, entre ellas el fraude informático.

Por eso, no conviene tomar una citación fiscal como un simple trámite. Este momento puede ser decisivo para explicar la operación, presentar los documentos necesarios y evitar que una situación que inicialmente puede aclararse termine en una formalización de la investigación preparatoria.

Índice

  1. ¿Por qué una operación con criptomonedas puede terminar en una investigación fiscal?
  2. ¿Qué es el fraude informático y cómo puede vincularse con criptomonedas?
  3. ¿Por qué no debes ignorar una citación fiscal?
  4. ¿Qué cambia cuando se formaliza una investigación preparatoria?
  5. ¿Qué documentos debes presentar para acreditar una operación legítima?
  6. Errores frecuentes de quienes compran o venden criptomonedas
  7. Casos prácticos
  8. ¿Por qué confiar en Iura Lex Abogados?
  9. Preguntas frecuentes

1. ¿Por qué una operación con criptomonedas puede terminar en una investigación fiscal?

Una operación con criptomonedas puede ser investigada cuando el dinero usado para comprar los activos digitales proviene presuntamente de una estafa, fraude informático, phishing, suplantación de identidad, transferencia no autorizada o maniobra digital ilícita. En estos casos, la Fiscalía reconstruye el recorrido del dinero. Revisa desde qué cuenta salió, a qué cuenta llegó, si hubo cuentas intermediarias y si finalmente los fondos fueron usados para comprar criptomonedas.

Así, una persona que vendió USDT puede ser citada no porque necesariamente haya cometido un delito, sino porque recibió dinero que forma parte del flujo investigado.

El punto clave es demostrar que la operación fue real, que se realizó en una plataforma digital, que existió entrega de criptomonedas y que la persona actuó de buena fe.

2. ¿Qué es el fraude informático y cómo puede vincularse con criptomonedas?

El fraude informático se vincula con conductas ilícitas realizadas mediante sistemas informáticos o tecnologías digitales para obtener un beneficio indebido. En la práctica, puede aparecer en casos de phishing, acceso indebido a cuentas, suplantación, manipulación de aplicativos, engaños por redes sociales o falsas inversiones.

Las criptomonedas pueden aparecer en estas investigaciones porque, en algunos casos, los fondos obtenidos ilícitamente son convertidos rápidamente en USDT, Bitcoin u otros activos digitales para dificultar su rastreo.

El Ministerio Público ha informado incluso sobre sentencias vinculadas al delito de fraude informático mediante el uso de criptomonedas, resaltando que estas herramientas digitales pueden aparecer en investigaciones de cibercrimen.

Esto no significa que toda operación con criptomonedas sea sospechosa. Significa que quien opera frecuentemente debe tener documentación suficiente para explicar cada transacción.

3. ¿Por qué no debes ignorar una citación fiscal?

Porque la citación fiscal es una oportunidad procesal. Permite conocer qué hechos se investigan, por qué tu cuenta aparece vinculada, cuál es la operación cuestionada y qué documentos pueden ayudarte a aclarar tu participación.

Ignorar una citación puede generar varios problemas:

  • La Fiscalía puede interpretar falta de colaboración.
  • Puedes perder la oportunidad de explicar la operación en etapa inicial.
  • La investigación puede avanzar sin tu versión.
  • Pueden incorporarte como investigado.
  • Puedes recibir una disposición de formalización de investigación preparatoria.
  • El caso puede llegar a control judicial con un escenario más complejo.

Tal como advierte el artículo base, hay personas que no acuden a declarar por desconocimiento, porque no recibieron adecuadamente la citación o porque consideran que su explicación era suficiente, y meses después son notificadas con una formalización de investigación preparatoria.

4. ¿Qué cambia cuando se formaliza una investigación preparatoria?

Cuando la investigación se formaliza, el caso entra en una etapa procesal más avanzada. La intervención del Juzgado de Investigación Preparatoria adquiere relevancia y el escenario deja de ser una simple citación preliminar.

Esto puede implicar:

  • Mayor precisión de imputación.
  • Actuaciones fiscales más intensas.
  • Posibilidad de medidas limitativas de derechos, según el caso.
  • Necesidad de una defensa técnica más estructurada.
  • Mayor exposición procesal y reputacional.
  • Mayor dificultad para explicar tardíamente lo que pudo aclararse antes.

Por eso, la defensa penal no debe empezar cuando el problema ya avanzó. Debe iniciar desde la primera citación.

5. ¿Qué documentos debes presentar para acreditar una operación legítima?

Documento o evidencia¿Para qué sirve?
Historial de operaciones en Binance u otra plataformaAcredita que la compraventa existió
ID de transacciónPermite ubicar la operación específica
Comprobante bancarioDemuestra fecha, hora, monto y cuenta de origen
Conversaciones con la contraparteExplica cómo se coordinó la operación
Capturas del anuncio P2PMuestra condiciones de compra o venta
Registro de liberación de USDTDemuestra que hubo contraprestación
Estados de cuentaPermiten reconstruir el flujo bancario
Datos del usuario compradorAyudan a identificar a la contraparte
Reportes de la plataformaRefuerzan la trazabilidad
Declaración tributaria o contable, si correspondeAcredita orden económico de la actividad

Mientras más documentación exista, más clara será la explicación.

6. Errores frecuentes de quienes compran o venden criptomonedas

Error 1: No asistir a la citación fiscal

No acudir puede perjudicar la estrategia y permitir que la Fiscalía avance sin tu versión.

Error 2: No conservar historial de operaciones

Sin trazabilidad, la defensa se debilita.

Error 3: Recibir pagos de terceros

Si el usuario de la plataforma no coincide con el titular de la cuenta bancaria, existe una alerta importante.

Error 4: Declarar sin revisar la carpeta fiscal

Antes de declarar, debe conocerse qué hecho se investiga y cuál es la vinculación atribuida.

Error 5: Buscar defensa recién cuando formalizan la investigación

La etapa inicial suele ser decisiva para evitar que el caso escale.

7. Casos prácticos

Caso 1: Vendedor de USDT citado como testigo

Una persona vende USDT mediante Binance. Recibe un depósito bancario, libera los criptoactivos y días después recibe una citación fiscal porque el dinero provenía de una cuenta vinculada a una estafa.

La defensa debe acreditar que la operación existió, que hubo entrega de USDT, que no conocía el origen ilícito del dinero y que actuó de buena fe.

Caso 2: Operador que no acudió a declarar

Un vendedor frecuente de criptomonedas recibe una citación, pero no asiste porque considera que “no hizo nada malo”. Meses después, recibe una disposición de formalización. El problema no fue solo la operación, sino la falta de respuesta oportuna.

Caso 3: Pago de tercero no identificado

Una persona vende USDT a un usuario de plataforma, pero el depósito llega desde una cuenta bancaria distinta. Luego esa cuenta aparece vinculada a fraude informático. La defensa debe explicar por qué aceptó el pago, qué datos tenía, qué documentos conserva y si existía alguna alerta razonable.

8. ¿Por qué confiar en Iura Lex Abogados?

En Iura Lex Abogados asesoramos y defendemos a personas citadas o investigadas por operaciones con criptomonedas, fraude informático, estafa, movimientos bancarios y presunto lavado de activos.

Nuestro enfoque no se limita a acompañar una declaración. Revisamos la carpeta fiscal, identificamos la operación cuestionada, ordenamos la evidencia digital y bancaria, reconstruimos la trazabilidad y diseñamos una estrategia orientada a demostrar la verdadera naturaleza de la operación.

9. Preguntas frecuentes

1. ¿Comprar o vender criptomonedas es delito?

    No. La compraventa de criptomonedas no es delito por sí misma. El riesgo aparece cuando el dinero recibido proviene de una actividad ilícita o cuando no puedes explicar la operación.

    2. ¿Debo asistir a una citación fiscal?

      Sí. Ignorarla puede complicar tu situación procesal.

      3. ¿Qué documentos debo llevar?

        Historial de operaciones, comprobantes bancarios, ID de transacción, chats, capturas, registro de liberación de USDT y estados de cuenta.

        4. ¿Qué pasa si ya formalizaron la investigación?

          El caso se vuelve más complejo y requiere una defensa penal estructurada.
          Una operación legítima con criptomonedas puede verse involucrada en una investigación penal si el dinero recibido proviene de una estafa o fraude informático. La diferencia entre aclarar el caso a tiempo o enfrentar una investigación formal puede estar en la documentación y en la asesoría desde la primera citación.

          En Iura Lex Abogados podemos ayudarte a revisar la citación, preparar tu declaración, ordenar tus operaciones y construir una defensa técnica desde las primeras actuaciones fiscales.